Tras veinticinco años de vigencia del Plan de Ordenación de Mungia, el nuevo planteamiento urbanístico, no solo busca adaptarse a la realidad socioeconómica actual, sino también al marco jurídico de referencia en materia de ordenación territorial y urbanística, para convertir a Mungia en un municipio sostenible y resiliente. Este artículo presenta un breve resumen de los puntos de referencia de los que parte el Avance del Plan General de Mungia, así como de las principales actuaciones que propone.
El marco jurídico en el que se basa este avance es la Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo de Euskadi, las Directrices de Ordenación Territorial de Euskadi, de 2019, que reciben una gran influencia de la “Agenda 2030 para el desarrollo sostenible” y de la Agenda Urbana de Euskadi -Bultzatu 2050. De estas normativas se han extraído puntos claves a partir de los que se articula el Avance del Plan General, que pueden resumirse en tres enfoques principales.
El primer enfoque es la sostenibilidad. El medio urbano debe desarrollarse en un modelo de ciudad compacta que reduzca el impacto ambiental, en la que la optimización de los recursos sea primordial y el medio rural, el medio urbano y el medio natural se interrelacionen de forma respetuosa y consciente de la importancia de construir el conjunto del territorio de forma ecológica, para mejorar el ecosistema que componen. El segundo enfoque es la movilidad, entendiendo la necesidad de reducir la movilidad motorizada tanto intraurbana como interurbana, a través de la propuesta de redes de transporte público que satisfagan las necesidades de la ciudadanía, así como creando espacios de tránsito en la ciudad que fomenten la movilidad en medios de transportes blandos. El tercer enfoque es la construcción de una ciudad plural e inclusiva, que sea amigable y accesible, en la que se desarrollen políticas públicas que eviten la segregación socioespacial y den pie a una habitabilidad de calidad y sostenible.
De los objetivos y directrices que marca la legislación basados en estos tres enfoques, se proponen quince estrategias que articulan el nuevo modelo urbano territorial:
- Potenciar el papel de Mungia como cabecera del Área funcional de Mungialdea.
- La protección del suelo agrario.
- Ajustar la regulación del suelo no urbanizable.
- Protagonismo y puesta en valor de la Infraestructura Verde.
- Puesta en valor de la ciudad ya existente.
- Reconsideración de los ámbitos de crecimiento propuestos por el planeamiento actual que no se han desarrollado hasta ahora.
- Asegurar la existencia de vivienda protegida en proporción suficiente.
- Poner en valor el suelo industrial existente.
- Promover una movilidad eficiente y sostenible.
- Garantizar la correspondencia y proporcionalidad entre los usos lucrativos, las dotaciones y los servicios públicos previstos.
- Procurar la coherencia, la funcionalidad, la accesibilidad y el reparto igualitario de equipamientos y dotaciones.
- La protección y puesta en valor de los bienes patrimoniales, tanto naturales como histórico-culturales.
- Impulsar propuestas para que el metabolismo urbano pueda realizarse localmente con el menor consumo de recursos y la menor producción de residuos posible.
- Establecer medidas para la adaptación y la mitigación del cambio climático.
- Integrar una perspectiva de género, edad, discapacidad y multiculturalidad.
Para clasificar y categorizar el suelo, este avance se asienta en el artículo 10 y siguientes de la Ley 2/2006 de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo (LSUCAPV) y el Real Decreto Legislativo 7/2015 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (TRLSRU).
En base a todo esto se construye la ordenación propuesta en el Avance del Plan General de Mungia. En primer lugar, trataremos la ordenación del suelo no urbanizable, que está mediada por seis categorizaciones propuestas por las Directrices de Ordenación Territorial de 2019, por condicionantes de riesgos naturales y el cambio climático, y la infraestructura verde.
De los cuatro posibles aspectos recogidos en los DOT 2019 sobre riesgos naturales y cambio climático, en Mungia solo se aplica el área de inundabilidad, en el entorno del río Butrón y sus afluentes, que se corresponde con la huella T-500. En lo respectivo a las seis categorías de protección asumidas por el PG y la infraestructura verde, se conforma un puzle de espacios y terrenos protegidos que articulan el territorio no solo favoreciendo la conexión entre diferentes espacios naturales, sino que conecta la estructura municipal con la estructura territorial uniendo los entornos rurales, urbanos y naturales. Esto debe considerarse un paso clave en la transición ecológica de los modelos de ordenación y desarrollo territorial, que sirve para mitigar los efectos de la infraestructura gris, de forma que no solo tiene la función de poner en valor los espacios y terrenos naturales protegidos, sino que también busca mejorar el ecosistema.
El resultado de la ordenación de todos estos elementos en Mungia da como resultado un municipio con un suelo no urbanizable, que no solo está formado por terrenos agrarios, sino que lo componen bosques autóctonos, humedales, las masas forestales y silvícolas, los caminos rurales, los elementos de conectividad en zonas agrarias o las zonas verdes públicas de mayor importancia.